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A partir de hoy, 25 de agosto, ya se puede solicitar la ayuda para la adquisición de material escolar destinada a alumnos/as de Educación infantil, empadronados en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 6 de octubre.

 

La cuantía de la ayuda es la siguiente:

 

Cincuenta (50) euros para cada uno de los inscritos en un aula de 2 años del municipio de Santa Cruz de Bezana.

Cien (100) euros por cada menor de edad asistente al segundo ciclo de educación infantil.

 

Al no poder sobrepasar el crédito presupuestario la preferencia en el otorgamiento se efectuará por riguroso orden de entrada de las solicitudes siendo preferentes sobre todas las demás las que afecten a discapacitados iguales o superiores al 65%

 

Los interesados en solicitar dicha ayuda deberán presentar la siguiente documentación:

  • Instancia, ajustada al modelo que facilitará el Ayuntamiento.
  • Fotocopia del Libro de Familia completo
  • Certificado del Centro escolar donde esté matriculado. Se puede recoger en el Ayuntamiento en la Concejalía de Educación.
  • Justificación de ingresos (las tres últimas nóminas, pensiones, certificaciones del Servicio Cántabro de empleo, etc.), fotocopia y original, de las personas a cuyo cuidado estén los escolares (padre, madres o ambos, tutores, etc.)
  • Ficha de terceros de la cuenta bancaria cuyo titular debe ser una persona a cuyo cuidado estén los escolares (padre, madre, tutor, etc.).
  • Certificación de minusvalía o título de familia numerosa.
  • Declaración responsable de no percibir ingresos (cuyo modelo se facilitará).
  • En caso de separación, la sentencia y el convenio regulador

 

 

Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas en el Registro Municipal, o por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Justificación:

Los beneficiarios tienen la obligación de justificar, en tiempo y forma, antes del 31 de diciembre de 2021 el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención, para lo cual deberán ajustarse a las siguientes reglas:

 

La justificación se realizará mediante la presentación de la factura o documento que acredite de forma fehaciente que se han adquirido el material escolar o que se ha aportado a un fondo con tal finalidad en todo caso al mes siguiente de recibir la ayuda.

 

 

Publicado en Educación